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César Nakazki sobre caso Fujimri: Indulto humanitario procede sin importar la clase de delito

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El abogado Cesar Nakazaki reafirmó que el indulto humanitario a su defendido Alberto Fujimori, procede sin importar la clase de delito por la que fue sentenciado.

El letrado responde a las versiones periodísticas donde se recuerda que en 1995 el propio Fujimori promulgó la ley que excluía de este beneficio de indulto los responsables de delito de secuestro agravado.

Nakazaki aclaró que existen tres clases de indulto: el común o simple, el indulto humanitario y el indulto excepcional respondiendo así en un diálogo con la prensa “la observación que se hace respecto a la condena de secuestro es respecto al indulto común”.

Para Nakazaki el indulto humanitario procede sin importar la clase de delito grande o pequeño, ya que responde a razones humanitarias “la pena solo puede quitar lo que establece la ley, pena privativa de libertad solo quita libertad, no puede quitar vida y no puede quitar salud” sostuvo firmemente.

Nakazaki refirió que realizará la solicitud de indulto para luego presentarla a la familia para el análisis y posterior firma. Luego la solicitud se llevara al Ministerio Público que dispondrá la evaluación del expresidente terminado por una junta médica.

“Gracias a Dios, la ciencia médica tiene que hablar, y la ciencia no es política. Habrá una junta médica que esperemos sea de especialistas en oncología de cabeza y cuello, quienes son los únicos llamados a determinar el exacto estado de salud del presidente” sentenció Nakazaki refiriendo también que en esa junta médica la ministra de justicia da una opinión y esa opinión la pone en consideración del presidente de la Republica “que por mandato constitucional es el único que determina la procedencia o improcedencia del indulto humanitario” concluyó.