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Sergio Cava por fin hizo realidad su sueño de llamarse Fiorella Vincenza

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PJ cambia de sexo y nombre a ex vocalista del grupo musical JAS


El Poder Judicial (PJ) ha hecho por fin realidad el sueño de toda su vida del ex vocalista y primera guitarra de JAS, grupo musical de remarcado éxito en la década de los 80, Sergio Cava, quien desde esta semana oficialmente se llama Fiorella Vincenza Cava Goicochea, como siempre fue su deseo hecho público en múltiples ocasiones.

A partir de la fecha, el reconocido artista, podrá realizar todos los trámites que crea conveniente en el municipio de Miraflores, lugar en donde se halla su partida de nacimiento original y además, también, podrá recurrir al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para obtener su nuevo documento de identidad que lo acredite legalmente como mujer.

Este es un caso de cambio de pre nombres, de hombre a mujer, que causó un gran debate legal y constitucional en la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima, que preside el magistrado Ángel Romero Díaz, quien participó como ponente de la demanda, basándose – según los escritos – en hechos reales, a las leyes y a la Constitución Política del Perú. El documento corresponde a la Corte Superior de Justicia de Lima, Primera Sala Civil, y es el expediente 60284.2008.0 de fecha 12 de julio de 2012.

En la sentencia se invoca al Artículo Segundo, inciso 1) de la Constitución Política, que dice: “Que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”. Asimismo, el mencionado juez invoca al punto 2 de la Carta Magna que dice que “toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”.

En otro párrafo de la sentencia a favor de Sergio Vinicio Cava, se señala que el Sergio Vinicio se llamará ahora en adelante Fiorella Vincenza, por ser el “prenombre con el cual se viene identificando en su vida diaria; prenombre acorde con la identidad femenina con la cual se identifica, conforme ha quedado demostrado con las instrumentales adjuntadas a la demanda”.

Romero Díaz dice en su sentencia que el recurrente Sergio Vinicio, tiene derecho a una identidad personal y un nombre. “Un cambio en el prenombre que tiene como sustento a la identidad de la persona, resulta legítimamente justificado conforme a lo requerido por al Artículo 29° del Código Civil”, agregando que la Sala Civil había actuado en el marco legal y constitucional y que se habían librado de prejuicios o de cualquier carácter homofóbico contra cualquier persona